martes, 4 de marzo de 2008

Terminacion de la Relacion Laboral




Terminación De La Relación Laboral




La salida del trabajador de la empresa donde presta servicios puede producirse por diversas causas, La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y La Ley Orgánica del Trabajo establece los medios para dar protección a los trabajadores en aquellos casos en que el patrono quieren eludir o rehusase a reconocer los derechos laborales tales como la estabilidad Laboral de los trabajadores.
Artículo 98 de la LOT establece como formas de terminación de la relación de trabajo.
1. El Despido:
Según Articulo 99 de la LOT es “la manifestación de voluntad del patrono de poner fin a la relación de trabajo que lo vincula a uno o más trabajadores. El Artículo 102 LOT establece como causas justificadas de despido y el despido indirecto.
a) Justificado: Cuando el trabajador ha incurrido en una justificada por la Ley. Se encuentran tipificadas en el Art. 102 de la L.O.T.
b) Injustificado: cuando se realiza sin que el trabajador haya incurrido en causa que lo justifique.
2. El Retiro:
Artículo 100 LOT señala Se entenderá por retiro la manifestación de voluntad
del trabajador de poner fin a la relación de trabajo. El Artículo 103 LOT establece como causas justificadas de retiro como manifestación unilateral por parte del trabajador.
3. La Voluntad Común de las Partes:
Las partes de común acuerdo pueden dar por finalizada la relación laboral.

4. Causa Ajena a la Voluntad de Ambas:
Se refiere a donde se presentan casos de fuerza mayor, caso fortuito y otras más específicas como la muerte, la incapacidad y la quiebra o cierre fortuito de la empresa.

Estabilidad Laboral

Estas prevista en el artículo 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, donde establece que "La ley garantizará la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente para limitar toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Constitución son nulos".

La Estabilidad Laboral se relaciona con la permanencia de la relación de trabajo, en el que la extinción de la relación laboral depende directamente de la voluntad del trabajador y únicamente cuando hay causas legalmente justificadas dependen del Patrono es por ello que la estabilidad laboral representa un derecho para el trabajador siempre y cuando, este cumpla con la normativa que establece el del contrato de trabajo.
El Artículo 112 de la LOT reconoce la estabilidad laboral de los trabajadores permanentes con más de 3 meses al servicio del patrono, Los trabajadores contratados a tiempo determinado mientras no haya vencido el tiempo convenido, Los trabajadores contratados por una obra determinada mientras no haya concluido la obra para la cual fue contratado, pero la protección e esta norma no alcanza a los trabajadores de dirección

El articulo 125 de la LOT Tiene el propósito de proteger al trabajador cuando se trata de un despido injustificado, pues establece que el Patrono debe pagarle las prestaciones tal como están contempladas en articulo 108, los salarios que hubiere dejado de percibir durante el procedimiento, y además de ello una indemnización.

Estabilidad Absoluta

Según Uceda Murier, se presenta este tipo de estabilidad cuando el trabajador sólo puede ser despedido por haber incurrido en falta grave o existir trámite probado de reducción de personal
o cierre de la empresa o negocio por razones tecnicas o falencia económica. No admitiéndose ninguna otra causal no determinada por la ley, que configuraría el abuso del derecho, no admisible en nuestro sistema legal.

Estabilidad Relativa

Se define como "Durabilidad". Considera que da lugar la subsistencia normal o indefinida de un contrato de trabajo y afirma: "La estabilidad relativa permite al patrono o empresario poner término al vinculo contractual abonando una indemnización

La Antiguedad Laboral

Es un derecho adquirido del trabajador de carácter irrenunciable ay que es el beneficio económico que tiene el trabajador por haber prestado sus servicios durante un determinado tiempo.
Nuestra Carta Magna garantiza el derecho a percibir las prestaciones por antigüedad en su artículo 88.
La prestación de antigüedad se calcula con base al salario devengado en el mes al que corresponda lo acreditado o depositado, incluyendo la cuota parte de lo percibido por concepto de participación en los beneficios o utilidades de la empresa, la base para el pago de las prestaciones y sus características la encontramos en el artículo 108 de La ley Orgánica del Trabajo.

El Preaviso

Se da cuando una de las partes involucradas en una relación de trabajo por tiempo indeterminado, notifica a la otra su deseo de dar por terminada la relación laboral los articulo 104 al 107 de la LOT contempla lo relacionado con el preaviso

Las Indemnizaciones.

Es la compensación que se le da al trabajador por daños y perjuicios sufrido en su contra.
El artículo 109 de la LOT establece “.En caso de terminación de la relación de trabajo por causa justificada conforme a la previsión del
artículo 101, la parte que por su culpa hubiere dado motivo a ella estará obligada a pagar a la otra, como indemnización de daños y perjuicios, una cantidad igual al salario de los días correspondientes al aviso que le hubiere correspondido si la relación hubiere sido por tiempo indeterminado”.
El artículo 109 de la LOT establece “En los contratos de trabajo para una obra determinada o por tiempo determinado, cuando el patrono despida injustificadamente al trabajador o el trabajador se retire justificadamente antes de la conclusión de la obra o del vencimiento del término, el patrono deberá pagarle al trabajador, además de la indemnización prevista en el articulo 108 de esta Ley, una indemnización de daños y perjuicios cuyo monto será igual al importe de los salarios que devengaría hasta la conclusión de la obra o el vencimiento del término”.


Bibliogafia
Ley Organica del Trabajo

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