sábado, 8 de marzo de 2008

Seguridad Social




La Seguridad Social
se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños y otras. El objetivo de la Seguridad Social es la de velar porque las personas que están en la imposibilidad (temporal o permanente) de obtener un ingreso, o que deben asumir responsabilidades financieras excepcionales, puedan seguir satisfaciendo sus necesidades tambien podriamos decir que La Seguridad Social es uno de los rasgos sobresalientes de las sociedades actuales que debe cubrir al individuo contra todos los riesgos a que se expone en la vida y en el trabajo


En el artículo 86 de la Constitución de la Republica bolivariana de Venezuela se establece que toda persona tiene derecho a la Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo que garantice la salud y la protección ante las contingencias, artículo además enmarcado dentro del Capítulo referente a los derechos sociales y de las familias.
Los artículos 83,84 y 85 establecen el derecho a la salud y la creación de un sistema público nacional de salud integrado al sistema de seguridad social, en base a ello es que se enrumban los objetivos del Sistema de Seguridad Social.

La definición de Seguridad Social la encontramos en el Artículo 5. de la LOSSS “A los fines de esta Ley, se entiende por Sistema de Seguridad Social el conjunto integrado de sistemas y regímenes prestacionales, complementarios entre si e interdependientes, destinados a atender las contingencias objeto de la protección de dicho Sistema”
El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales es una Institución pública, cuya razón de ser es brindar y garantizar protección de la Seguridad Social a todos sus beneficiarios en las contingencias maternidad, paternidad, enfermedades y accidentes cualquiera sea su origen, magnitud y duración, discapacidad, necesidades especiales, pérdida involuntaria del empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda y hábitat, recreación, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia susceptible de previsión social que determine la ley( Artículo 17)..


El Seguro Social en Venezuela fue una institución durante décadas muy desprestigiada falta de control y por su ineficiencia e irregularidades dada por diversos motivos entre ellos podemos mencionar: la demora que sufrían los trabajadores en cobrar sus diferentes prestaciones, tales como indemnizaciones diarias, pensiones, paro forzoso, sin embargo ha mejorado,
Vale aclarar que también hay una afectación por la resistencia que muestran muchos empleadores para inscribir a sus trabajadores cuando la Ley los obliga a que lo haga dentro de los primeros tres (3) días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral (Artículo 16). O bien inscribiéndolos se convierten en moradores de este sistema, pues en la actualidad se esta en una etapa de transición ejerciendo presión sobre los empleadores mediante inspecciones sanciones, multas para que los trabajadores cumplan con la obligación de cotizar (Articulo 111. Toda persona, de acuerdo a sus ingresos, está obligada a cotizar para el financiamiento del Sistema de Seguridad Social, según lo establecido en esta Ley y en las leyes de los regímenes prestacionales), lo que no hace pensar que también es uno solo de educación y cultura sino también problema de conciencia
la evolución positiva del sistema de seguridad social se debe también a la presión que ejercen los trabajadores por ejercer este derecho que antes muchos ignoraban y hoy en día debido a la publicidad y a los resultados que arrojados por este sistema donde un grupo grande de trabajadores han experimentado mejoras en su calidad de vida ha incentivado La lucha de los trabajadores en los últimos años orientados fundamentalmente a la defensa de sus derechos.
.Una critica fuerte que se le hace a este sistema hoy en día es el hecho que los trabajares independiente y los profesionales que trabajan en el libre ejercicio de la profesión no pueden inscribirse por si solos y gozar de estos beneficios .

EVOLUCION HISTORICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

1819 En América Latina - Caribe, uno de los precursores de la Política de Seguridad Social como fundamento de la organización de la sociedad fue el Libertador Simón Bolívar,
1883 Ante la presión sindical y política, en la naciente Alemania, Bismarck, el Canciller de Hierro instituye el primer régimen de seguridad social.
1889 Se creó el seguro de invalidez y vejez. Se aplicó inicialmente a las enfermedades y luego a los accidentes de trabajo
1906 Los trabajadores franceses, en la Carta de Amiens, reivindican el derecho a la seguridad social
1911 Inglaterra implanta el seguro de desempleo
1917 La Revolución Mexicana tendrá luego una gran influencia en el desarrollo de un sistema de Seguridad Social, ya que se consagra ese derecho en el artículo 123 de la Constitución de 1917 aprobada en la ciudad de Querétaro. El artículo 123 se convirtió en la Carta de los Derechos de los Trabajadores. La misma Revolución rusa tiene también un gran impacto en este campo, ya que el Estado Soviético fue implantando políticas de seguridad social
1919 Al culminar la primera guerra mundial, el nacimiento de la OIT a través de la Declaración XIII del Tratado de Versalles, significó la consolidación de políticas sociales para proteger a los trabajadores ante todo tipo de riesgo. La OIT es una gran autoridad internacional en materia de Seguridad Social. Desde su fundación ha destinado más de 20 Convenios y otras tantas recomendaciones sobre la materia. Cuenta con estudios, publicaciones y expertos que prestan asistencia técnica. Tiene un juicio crítico sobre la experiencia chilena. Es una fuente de consulta permanente
1927 Se constituye en Bélgica con los auspicios de la OIT la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS).
1935 Se implanta en los Estados Unidos el primer sistema de Seguridad Social para la vejez, la supervivencia y el paro forzoso. A través de esta ley, la Social Segurity Act, es que adquiere definitivamente esta denominación. Se aplica realmente a partir de 1938.
1938 En Nueva Zelanda se implanta un sistema de Seguridad Social. Durante el desarrollo de la segunda guerra mundial
1941 La Carta del Atlántico establece entre sus objetivos "el progreso económico y la seguridad social"
1942 En la Declaración de Santiago de Chile se estableció que: "cada país debe crear, mantener y acrecentar el valor intelectual, moral y físico de sus generaciones activas, preparar el camino a las generaciones venideras y sostener a las generaciones eliminadas de la vida productiva.
1944 La Declaración de Filadelfia, que sustenta una Seguridad Social Integral, promueve inmediatamente la RECOMENDACIÓN número 67 de la OIT sobre "La Seguridad Social de los Medios de Vida" como componente esencial de la Seguridad Social Integral
1948 La Declaración Universal de los Derechos del Hombre, en su artículo 22 consagra como un derecho esencial a la Seguridad Social
1951 Aparece la Carta Social Europea donde se consagra la Seguridad Social como política fundamental en este mismo año Se constituye la Organización Iberoamericana de la Seguridad Social que trabaja sobre un proyecto de Código Iberoamericano sobre Seguridad Social
1952 La OIT en su Conferencia anual el 28 de junio de 1952, acuerda el Convenio 102.
1963 El 19 de marzo, se constituyó el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS) como órgano de Docencia y Capacitación de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social (CISS).
1980 Los Convenios Argentino, Brasileño y Argentino-Uruguayo. Existe una Convención de Seguridad Social de los países Centroamericanos, pero no es operante.Costa Rica es el país que más ha desarrollado un buen sistema de Seguridad Social
1993 En diciembre se promulga en Colombia la Ley 100 recreando el sistema de Seguridad Social, pero desmejorando los derechos y beneficios de los trabajadores
1994 En diciembre, el Protocolo de Ouro Preto que redefine la organicidad del MERCOSUR, estableció que el Sub Grupo de Trabajo número 10 es el responsable de asumir los Asuntos Laborales, de Empleo y Seguridad Social
1996 El Convenio de Seguridad Social Argentino-Chileno, actualizando el anterior de 1972
1997 El 14 de diciembre, se firma el Acuerdo Multilateral sobre Seguridad Social del MERCOSUR.
1998 El XI Congreso de la Central Latinoamericana de Trabajadores -CLAT-, reunido del 08 al 14 de noviembre en la ciudad de México, ACORDÓ: "Rechazar el modelo de Seguridad Social privatizador que sólo busca fortalecer los mercados de capitales a través de inversiones forzadas de los trabajadores, elimina o reduce sensiblemente la responsabilidad o rol regulador del Estado, los trabajadores no participan en la administración de sus propios recursos y los derechos adquiridos pierden su vigencia y validez legal
1999 Es interesante el artículo 86 de la Constitución Bolivariana de la República de Venezuela que establece
"La Seguridad Social como servicio público de carácter no lucrativo" motivando una decisión del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que transmitió al gobierno venezolano que no podía aportar su cooperación financiera y técnico si no privatizaba la Seguridad Social
1999/2000 Se aprueba en el Sistema Andino de Integración el Protocolo Modificatorio del Convenio Simón Rodríguez que trata sobre Política Social y Seguridad Social
2000 El 15 de marzo, se firma un Convenio entre la Caja Costarricense de Seguridad Social y la Federación Costarricense de Trabajadores Autónomos, por el cual se acuerda extender la aplicación de los Seguros Sociales en forma de cotización colectiva para grupos organizados, rigiéndose para todos los efectos por los alcances del Reglamento del Seguro Voluntario




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